La Sociedad por Acciones o SpA, Características y Requisitos

¿Quieres formalizar tu negocio en Chile? Entonces, debes conocer la Sociedad por Acciones o SpA, la opción legal más popular en nuestro país.

De acuerdo a los datos entregados en el informe mensual del Registro de Empresas y Sociedades, esta figura legal es la que más se está utilizando actualmente en nuestro país, con cerca de 10.000 constituciones en el mes a mes. Luego la seguirían las empresas de tipo E.I.R.L con 2.500, y por último las SRL con 1.500 conformaciones aproximadamente.

Si estás considerando formar una SpA, es importante que sepas que tiene sus ventajas y desventajas. Pero no te preocupes, aquí te las presentamos en detalle para que tomes la mejor decisión para tu negocio.

Video Descriptivo

¿Qué es una Sociedad por Acciones o SpA?

La Sociedad por Acciones es una figura legal creada en 2007 por la ley 20.190, como una forma simplificada de las Sociedades Anónimas (S.A), por lo que es posible encontrar elementos similares entre ambas sociedades.

Hoy en día, la SpA es la opción más popular en Chile junto con la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL) y la Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL o Ltda), siendo la SpA la que ocupa el primer lugar de preferencias.

Esto es así, porque la SpA se caracteriza a grandes rasgos por ser una figura legal que posee cierta flexibilidad y libertades que otros tipos de empresas no. Por lo tanto, te podría convenir constituir este tipo de sociedad si:

  • Eres el único dueño de la Empresa: Con respecto a este punto, es importante que sepas que si la empresa tiene un solo dueño, este debe ser chileno o extranjero con cédula de identidad vigente. El único accionista también podría ser otra persona jurídica, pero hay que considerar que el representante legal debe ser una persona natural que cumpla con los requisitos mencionados anteriormente.
  • Esperas tener socios dentro de la empresa: La SpA puede tener entre 1 y 499 Socios. Esto significa que puedes partir siendo el único dueño y agregar socios a futuro, o puedes empezar la empresa siendo 2 o más accionistas e ir sacando o integrando nuevas personas en el transcurso del tiempo.
  • Si quieres realizar varias actividades con una misma empresa: Esta figura legal es de objeto amplio, lo que significa que puedes tener varios giros al mismo tiempo con el Rut empresa. Por ejemplo, si quieres dedicarte a la venta de juguetes y al área de construcción, los podrías realizar con una SpA. La flexibilidad de este tipo de empresa te permite desarrollar tu negocio de manera efectiva y adaptarte a las necesidades del mercado. 
  • Es la empresa preferida por los Inversionistas: Ya que ofrece una manera fácil y efectiva de agregar socios inversores ($) a través de un proceso de compraventa de acciones. 
  • Permite funcionar con un nombre de fantasía como razón social: Si quieres que tu empresa tenga un nombre atractivo y llamativo, la Sociedad por Acciones es la elección perfecta. A diferencia de otros tipos de empresas como la EIRL y la SRL, la SpA te permite elegir el nombre que quieras, sin necesidad de seguir una estructura en la razón social que haga referencia a los apellidos de los socios o a la actividad de la empresa. Así que si buscas tener un nombre de fantasía para tu empresa, no dudes en elegir la SpA. Puedes llamarla como tú quieras, “La casita Feliz SpA”, “Estrellas del Sur SpA”, “Membrillo SpA”… ¡lo que se te ocurra!

¿Cómo crear una Sociedad por Acciones o SpA?

Desde el año 2013, en Chile las empresas se pueden constituir bajo dos modalidades. La primera y la más antigua, sería la creación de Empresa a través de Escritura Pública, y la segunda pero no menos importante, la creación de empresa a través de Empresa en 1 día. 

Entre ambas formas, hoy en día ya casi no hay diferencias en temas de importancia a nivel legal. De hecho, la que más se está utilizando actualmente en nuestro país es el Sistema de Empresa En Un Día, ya que esta nos permite realizar el proceso de constitución de manera más rápida y económica.

Así que si deseas legalizar tu empresa SpA con este sistema no temas, ya que podrás solicitar cuentas y créditos bancarios sin inconvenientes; podrás también exportar e importar productos desde el extranjero, o participar en licitaciones de ChileCompra o Mercado Público, entre otros,… ya no hay ningún tipo de limitaciones al respecto.

De todas maneras, si deseas obtener más información sobre los dos sistemas de constitución de empresa, te invitamos a que leas este otro artículo de nuestro blog: ¿Método Tradicional o Empresa en un Día?

Requisitos para formar una SpA

Los requisitos que debes tener en consideración para formar una Sociedad por Acciones no son tantos. Toma nota: 

  • Ser mayor de edad (18 años).
  • Contar con una dirección tributaria y/o comercial para acreditar ante el SII, como dirección de la empresa.
  • Determinar si la empresa partirá con un solo accionista, o si tendrá más socios. Y con respecto a esto, es importante que al menos uno de los socios sea chileno o extranjero con Residencia Definitiva, para que cumpla el rol de representación legal.
  • Contar con un monto de capital social ($), para comenzar a funcionar con la empresa.
  • Decidir si constituir la empresa con el sistema tradicional a través de escritura pública, o con el sistema de empresa en un día, también conocido como sistema electrónico RES (Registro de Empresas y Sociedades). ¿Necesitas ayuda en esto? Escríbenos y conversemos más al respecto.
  • Que todos los que firmen estén en Chile, y que asistan a firmar a una notaría. ¿Se puede firmar desde el extranjero? Si, pero involucra un trámite con la embajada que demora aproximadamente un mes, o tener firma electrónica avanzada (FEA) si es que optas por la opción de Empresa En Un Día.

Características de las SpA

Las Sociedades por Acciones (SpA) tienen características únicas que las hacen atractivas para quienes buscan constituir una empresa en Chile. Algunas de estas características son:

  • La razón social puede ser un Nombre de Fantasía y utilizar este nombre para lo que requieran. Por ejemplo, puedes fijar “Alambrito SpA” o “Pollosaurio SpA” como nombre y hasta los cheques que emita tu empresa estarán con ese nombre. Así que te sugerimos aprovechar de buscar un nombre que sea más atractivo o que tenga cierto gancho. Sin embargo, si no estás seguro de que el nombre que tienes en mente esté disponible, puedes revisarlo haciendo clic aquí. El nombre de tu empresa puede ser crucial desde una perspectiva de marketing, por lo que te recomendamos que pienses cuidadosamente en tu elección.
  • Puede estar conformada por 1 o más socios. Por lo tanto, si eres una persona que busca emprender en solitario, esta figura legal es perfecta para ti. Pero si por otro lado, prefieres tener socios en tu empresa, la SpA también es una excelente opción, ya que puedes constituir la empresa con dos o 499 accionistas.
  • La SpA puede agregar, sacar y cambiar socios según sean las necesidades. Además, es posible que la SpA funcione con un solo dueño, lo que significa que si deseas separarte de un socio, puedes hacerlo sin comprometer la continuidad de la empresa.
  • El cambio de socios, se debe realizar a través de la redacción y firma ante notario de una compraventa de acciones. Y cuando la empresa fue constituida con el sistema de empresa en 1 día, y se desea hacer además otros cambios en el estatuto, se deberá realizar una modificación de escritura que va a involucrar la redacción, firma y protocolización de una Junta Extraordinaria de Accionistas, y Certificado de Vigencia de Accionistas.
  • La Sociedad por Acciones se caracteriza por ser de “Objeto Múltiple”. ¿Qué significa esto? Simplemente que una SpA puede realizar múltiples actividades al mismo tiempo. Es decir, puedes tener una empresa que se dedique a la venta, construcción y transporte, por ejemplo.
  • Las SpA tienen acciones. Una Acción es una unidad de representación de la participación social, y estas pueden ser de tipo ordinarias o preferentes. Un socio puede ser dueño de 500 acciones y por lo tanto ser dueño del 50% de una sociedad.
  • La SpA debe contar con una dirección de empresa. La cual debe ser incluida en el estatuto, y posteriormente acreditada ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) al momento de realizar el inicio de actividades. Es importante tener en cuenta que la dirección puede ser tanto tributaria como comercial, y debe estar actualizada y disponible para recibir notificaciones y correspondencia de la empresa.
  • El o los representantes legales deben cumplir con ciertas características claves. Deben ser chilenos o extranjeros con residencia definitiva; tener cédula de identidad vigente; contar con clave de acceso al SII, y preferiblemente no tener problemas pendientes con el Servicio de Impuestos Internos. Ya que esto podría afectar la habilitación para facturación de la empresa.
  • La contabilidad en una SpA puede ser completa o simplificada. Lo mejor de todo es que no significa mayor trabajo desde el punto de vista tributario o contable. Esto quiere decir que, al compararla con una EIRL o Ltda, no encontrarás una gran diferencia en este aspecto.
  • En una SpA, el derecho a voto de los socios está ligado a la cantidad de acciones que poseen. Por lo tanto, el socio con mayor cantidad de acciones tendrá mayor poder de decisión en la empresa. Incluso si hay varios socios, uno de ellos podría tener la mayoría de las acciones y, por ende, la capacidad de tomar decisiones importantes sin la necesidad de contar con el apoyo de los demás socios. Por esta razón, es importante que al momento de constituir una SpA se definan claramente los derechos y deberes de cada uno de los socios y se establezcan medidas para prevenir conflictos internos.
  • La responsabilidad de los accionistas se encuentra limitada al monto de sus aportes capitales (Artículo 429, del Código de Comercio). Esto significa que si la empresa enfrenta dificultades financieras o legales, los accionistas sólo responderán por el monto que aportaron a la sociedad, y no por el total de las deudas o responsabilidades de la empresa.
  • En la SpA los accionistas tienen la libertad de elegir el tipo de administración que mejor se adapte a sus necesidades. Existen diversas opciones, como la administración conjunta, la administración indistinta, la administración conjunta e indistinta simultánea, el directorio, el gerente, entre otras. Sin embargo, es importante establecer claramente las atribuciones que tendrá la administración en los estatutos de la empresa, para evitar malentendidos o conflictos en el futuro.
  • Cualquier tipo de diferencia o conflicto que surja dentro de los miembros de la sociedad, deberá ser resuelta a través de arbitraje. Por ello, es fundamental que en el estatuto se especifique el tipo de arbitraje, el número de árbitros y la forma en que serán designados. Si estos aspectos no están claramente definidos en el documento, se aplicará el arbitraje mixto y el árbitro será designado por la justicia ordinaria. De esta manera, se garantiza un proceso justo y equitativo para todas las partes involucradas en la sociedad por acciones.
  • Los accionistas o dueños de una SpA pueden recibir un “Sueldo Empresarial.  El cual es un beneficio legal tributario que puede recibir un dueño de empresa por las labores que realiza dentro del negocio. Actualmente no existe tope máximo para este tipo de remuneración para ninguna de las empresas existentes, pero la condición que debe cumplir es que el monto sea razonable y proporcional al servicio real que está prestando ese socio o dueño de la empresa.

¿Qué elementos debe contener la escritura de una SpA?

El estatuto de una Sociedad por Acciones debe contener los siguientes elementos como mínimo, según la ley Número 20.190:

  • Razón social o nombre de la sociedad, que debe finalizar con la sigla “SpA”. 
  • Nombre completo y domicilio de los accionistas. 
  • Descripción del objeto social, que puede ser de carácter amplio. 
  • Domicilio de la sociedad. 
  • Monto del capital de la sociedad, el número y tipo de acciones en que está dividido y representado. 
  • Designación de quién o quiénes ejercerán la administración y representación legal de la sociedad, especificando el tipo de administración social. 
  • Duración de la sociedad.

¿Qué documentos puedo emitir con una SpA?

Con una Sociedad por Acciones, se pueden emitir los siguientes documentos tributarios electrónicos: 

  • Facturas Afecta a IVA (con IVA).
  • Facturas Exentas de IVA (sin IVA).
  • Boletas de venta (con IVA).
  • Boletas Exentas de IVA  (sin IVA).
  • Guías de Despacho.
  • Notas de Crédito y de Débito.
  • Algún otro tipo de documento como Facturas de Exportación, Facturas de Compra, etc.

El único documento que una SpA NO puede emitir, son las Boletas de Honorario. Esto ya que es un documento de Segunda Categoría. Y las SpA tienen giros de Primera Categoría. Si quieres mayor información de los tipos de Categoría en los que puede estar una empresa, revisa el siguiente articulo sobre Primera y Segunda Categoria Tributaria.

Una pregunta que los emprendedores nos hacen, es ¿Cuál es el tipo de empresa que SÍ puede emitir Boletas de Honorarios? La respuesta, es la Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) cuando se crea como una Sociedad de Profesionales. Te dejo el link para que la revises en detalle este tipo de Empresas de Responsabilidad Limitada.

Cambios en los Códigos de Actividad Económica

Desde el 1 de enero de 2023, se aplicó la Ley 21.420 que trajo consigo cambios significativos en materia tributaria en Chile y que afecta a las empresas SpA. Desde esa fecha, todos los servicios comenzaron a estar sujetos al Impuesto al Valor Agregado (IVA) en el país, incluso aquellos que hasta antes de la Ley no debían pagarlo. Esto significa que a partir de ahora, las prestaciones de servicios deben cumplir con la obligación de agregar un 19% al valor del servicio y emitir la documentación tributaria correspondiente. 

No obstante, es importante destacar que existen exenciones vigentes para las personas naturales que emiten boletas de honorarios, las cuales no se verán afectadas por esta nueva medida. Además, hay servicios que ya están exentos en la Ley de Impuestos a las Ventas y Servicios, y son los siguientes: 

  • Transporte de Pasajeros (Urbano, interurbano, interprovincial y rural).
  • Educación (Colegios, Jardines, Universidades, entre otros). 
  • Servicio de Salud Ambulatorio (Consultas médicas, odontológicas, psicólogos, psiquiatras, kinesiólogos, imagenología, entre otros).
  • Otros servicios que ya estaban exentos en la Ley de IVA, tales como: 
  1. Entradas a espectáculos (*) 
  2. Arrendamiento de inmuebles no amoblados.
  3. Otros (Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios Art.12 y 13).

(*) Que cuenten con la autorización del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.

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¿Cuál es la duración de una SpA?

Si estás pensando en conformar una Sociedad por Acciones, debes saber que la duración de esta empresa dependerá de lo que decidan los accionistas al momento de su conformación. Pero ¡ojo! Si no se especifica en el estatuto, automáticamente se entenderá que la duración es indefinida. Por eso, es importante que los accionistas determinen claramente cuál será la duración de la empresa al momento de su creación, para evitar malentendidos o situaciones no deseadas en el futuro.

¿Pero qué pasa si uno de los accionistas fallece?

En una SpA, la muerte de un accionista puede tener diferentes consecuencias según lo establecido en los estatutos de la empresa.

Si los estatutos no contemplan una cláusula específica respecto a la muerte de un accionista, se aplicarán las normas generales de la ley. En este caso, los herederos del accionista fallecido podrán tomar su lugar en la sociedad, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en los estatutos y en la ley. La administración de la sociedad seguirá en manos de los accionistas sobrevivientes.

En el caso de que los estatutos establezcan que la sociedad continuará con los herederos del accionista fallecido, la administración de la sociedad será ejercida por el o los accionistas sobrevivientes. 

Por otro lado, cabe destacar que el fallecimiento de un accionista no afecta la responsabilidad limitada de los accionistas en la SpA. Y las materias a tratar en una junta de accionistas no son restrictivas en la SpA, a diferencia de lo que ocurre en las sociedades anónimas. 

Ventajas y Desventajas de una SpA

A continuación, te presentaremos algunas de las grandes ventajas y desventajas de la Sociedad por Acciones: 

Ventajas:

  • Constitución:

Una de las primeras ventajas que tiene este tipo de empresa, es que puede ser constituida ya sea con el sistema tradicional a través de escritura pública, o por medio de la plataforma de Empresa En Un Día. Por lo que puedes elegir la modalidad que prefieras para tu futura empresa.

  • La administración:

La selección del tipo de administración de una SpA es de carácter libre, ya que esta puede realizarse como los socios lo consideren correcto y hayan determinado en los estatutos. Si la empresa tiene 1 accionista, él será el gerente de la sociedad y será quien tome las decisiones en ella. Y en el caso de que haya varios socios, la administración puede ser ejercida por uno, dos o incluso más personas, según como se haya estipulado en los estatutos.

  • Objeto Social Amplio:

Una Sociedad por Acciones puede tener un objeto amplio. A diferencia de las EIRL que sólo se pueden dedicar a 1 actividad o giro, las SpA pueden tener varias actividades. Por lo tanto, pueden desarrollar actividades diversas y no hay un tope máximo.

  • Uno o más Socios:

La SpA es una forma jurídica que permite crear una empresa con un solo socio, lo que la convierte en una excelente opción para emprendedores que desean iniciar un negocio en solitario. Además, se tiene la posibilidad de ir incorporando nuevos socios a medida que la empresa crece o, en su defecto, los accionistas pueden salir de la sociedad si así lo desean.

  • Posee Acciones:

La división del capital social en acciones es una de las grandes ventajas de la Sociedad por Acciones, ya que permite una fácil transferencia y repartición de estas cuando se produce la entrada o salida de un socio en la empresa.

  • Nombre o Razón Social:

La elección del nombre de una empresa es una decisión importante, ya que puede influir en la percepción que los clientes y competidores tienen de ella. En el caso de una Sociedad por Acciones, la libertad para escoger un nombre es total, siempre y cuando se incluya la palabra “SpA” al final. Esta es una gran ventaja, ya que permite crear una marca que se identifique fácilmente en el mercado, y que refleje la personalidad y los valores de la empresa. Por ejemplo, si deseas llamar a tu empresa “Papa”, solo necesitas agregar la palabra “SpA” al final para tener un nombre único y memorable.

Desventajas:

  • Redacción:

La Sociedad por Acciones ofrece una gran flexibilidad en cuanto a su administración, lo que significa que los socios tienen la libertad de definir cómo quieren que la empresa sea dirigida. Sin embargo, esta libertad puede generar errores en la redacción de la escritura, lo que puede llevar a problemas con los bancos y otros organismos. Para evitar estos inconvenientes, es recomendable contar con la asesoría de un abogado que se encargue de redactar los estatutos, especialmente en lo que se refiere a la administración, poderes y objeto social de la empresa. De esta manera, se asegura que todo esté en orden y se evitan problemas futuros.

  • Venta/transferencia de Acciones:

Una de las desventajas de las Sociedades por Acciones, es que cualquier socio puede vender o transferir sus acciones sin la necesidad de contar con la aprobación de los demás accionistas. 

Para prevenir este tipo de situaciones, se recomienda la inclusión de una “Cláusula de Preferencia” en el estatuto de la empresa. Esta cláusula establece que, en caso de que algún accionista desee vender parte o la totalidad de sus acciones, deberá ofrecerlas primero a los demás socios de la empresa. De esta forma, se logra mantener un mayor control sobre la venta de las acciones y se evita que los dueños de la empresa realicen transacciones sin el conocimiento de los demás miembros. 

  • Modificación de Escritura:

Por último, otra de las desventajas que debes tener en cuenta al constituir una Sociedad por Acciones, es que si decidiste crearla mediante la plataforma de Empresa En Un Día y necesitas modificar el estatuto, el proceso puede resultar un poco largo y costoso. Esto se debe a que la modificación de las escrituras SpA requiere la redacción de al menos una Junta Extraordinaria de Accionistas, un Certificado de Vigencia de Accionistas y una Escritura de Modificación (posiblemente también una Compraventa de Acciones si se realizan cambios en los accionistas). Además, estos documentos deben ser legalizados y protocolizados por un notario en dos instancias distintas, lo que puede generar altos costos por sus servicios.

Y con respecto a una empresa que haya sido constituida con el Sistema Tradicional, la desventaja sería que los gastos que se deberán tener contemplados para la realización de la modificación, serían los mismos o incluso mayores de los que se tuvieron que hacer para la conformación propiamente tal.

Número de Socios de una SpA

Como mencionamos anteriormente, la Sociedad por Acciones es una forma jurídica que permite la participación de uno o más socios, siendo el número máximo de 499. Esto significa que si eres una sola persona y deseas constituir una SpA, puedes hacerlo sin problemas. Del mismo modo, si son dos o más personas las que desean emprender juntas, también podrán crear una Sociedad por Acciones. Esta flexibilidad en cuanto al número de socios permite adaptarse a las necesidades de cada proyecto empresarial.

¿Se puede agregar o sacar socios a futuro en una SpA?

Si, es posible integrar o sacar socios en este tipo de sociedad. Y para llevar a cabo este proceso, se utiliza un documento llamado Compraventa de Acciones, el cual debe ser firmado ante notario. De esta manera, se garantiza la autenticidad del proceso de venta y se protegen los intereses de ambas partes involucradas. 

Es importante tener en cuenta que la venta de acciones de una SpA puede realizarse libremente entre los accionistas, siempre y cuando no existan restricciones en el estatuto o en la cláusula de preferencia. En caso contrario, se debe ofrecer la compra de las acciones primero a los demás accionistas de la sociedad antes de venderlas a terceros.

¿Qué son las Acciones?

Las acciones son la forma de representar la participación de un socio en una sociedad, y pueden ser unidades con o sin valor fijo. Por ejemplo, en una SpA con un capital social de $1.000.000 de pesos chilenos y 3 socios (Juanito con 300 acciones, Pedro con 500 acciones y Daniela con 200 acciones), el aporte de cada uno será de $300.000, $500.000 y $200.000, respectivamente, asumiendo un valor de $1.000 por cada acción. 

Cuando un socio desea salir de la sociedad, lo hace vendiendo sus acciones. Para que el socio salga, otro socio existente o un tercero debe comprarle las acciones. Este proceso se formaliza mediante un documento de Compraventa de Acciones, y como se había mencionado anteriormente, debe ser firmado ante notario para su validez legal.

Modificaciones de la Escritura de Constitución SpA

La escritura de una Sociedad por Acciones se puede modificar una vez ésta ya está creada.

¿Qué cambios se pueden hacer? 

Puedes hacer los siguientes cambios o modificaciones en la escritura:

  • El nombre de la empresa (razón social y/o nombre de fantasía secundario). 
  • La actividad u objeto social. 
  • Los poderes de administración. 
  • Monto capital social. 
  • Aportes capitales de cada socio. 
  • Número de acciones. 
  • Cualquier otra característica descrita a nivel de escritura.

Para llevar a cabo cualquier modificación en una SpA, se requiere la redacción y firma de documentos notariales. Si la empresa fue creada a través de la plataforma “Empresa en 1 día”, será necesario firmar una Junta de Accionistas extraordinaria, Certificado de Vigencia de Accionistas, Compraventa de Acciones (si es que corresponde), y luego proceder con la modificación de la sociedad. En el caso de una empresa creada a través de Escritura Pública, es posible reducir todos los cambios en un solo documento de Modificación que deberá ser firmado en notaría. 

Es importante recordar que cualquier modificación debe ser llevada a cabo por un abogado especializado para garantizar su validez y evitar futuros problemas legales.

Compraventa de Acciones

La Compraventa de Acciones es un documento notarial en el cual se establece la transferencia de acciones de un socio a otro. En este documento se deben especificar los detalles de la transacción, como el número de acciones vendidas, el valor de cada una y el monto total de la transacción. Es importante tener en cuenta que la compraventa de acciones debe ser realizada ante un notario público para que tenga validez legal.

Junta Extraordinaria de Accionistas

La Junta Extraordinaria de Accionistas es una reunión convocada por el directorio o los accionistas de la sociedad, con el fin de tomar decisiones importantes que afecten el funcionamiento de la empresa. En ella se discuten y se toman acuerdos relacionados con temas como el cambio de estatutos, la emisión de nuevas acciones, la venta de activos, entre otros. Todos los accionistas tienen derecho a participar en estas juntas y las decisiones se toman por mayoría.

Esta junta se diferencia de la Junta Ordinaria de Accionistas en que ésta última se realiza una vez al año, y tiene como objetivo aprobar el balance y la cuenta de resultados de la sociedad.

Certificado de Vigencia de Accionistas

El Certificado de Vigencia de Accionistas es un documento que acredita la existencia legal de la sociedad y la identidad de sus accionistas. Este documento se debe firmar ante notario, y es necesario para realizar diferentes trámites, como modificaciones de escritura, apertura de cuentas bancarias, contratación de servicios, entre otros. 

Escritura de Modificación Tradicional 

La Escritura de Modificación de una Escritura Tradicional es un documento notarial que se utiliza para modificar los estatutos de una SpA creada mediante Escritura Pública.

Para llevar a cabo una modificación en este tipo de empresa, es necesario que los socios discutan y decidan los cambios a realizar, para posteriormente, redactar la Escritura de Modificación. La cual debe ser firmada por todos los accionistas y posteriormente protocolizada ante notario.

Es fundamental que esta escritura de modificación sea redactada de manera clara y precisa por un abogado. Pero además, se deberá redactar un Extracto, el cuál deberá ser publicado en el Diario Oficial e inscrito en el Registro de Comercio.  

Al final con este proceso, la empresa obtendrá nuevos documentos legales, y deberá notificar al Servicio de Impuestos Internos (SII) sobre los cambios realizados en el estatuto, si es que corresponde. 

Por otro lado, si es que el cambio a realizar solo involucra la entrada o salida de un accionista, se deberá redactar una Compraventa de Acciones y no una Escritura de Modificación. 

Esta Compraventa de acciones se debe legalizar ante notario, y registrar en el Libro de Accionistas, para luego notificar al SII sobre los cambios en los accionistas de la sociedad. 

Dos nuevas exigencias: Registros de Accionistas y Registros de Poderes

A partir del 1 de febrero de 2023, todas las Empresas SpA y SA Cerradas creadas mediante la Plataforma Empresa en un Día (Ley 20.659), están obligadas a abrir el Registro de Accionistas y crear el Registro de Poderes. Esta nueva exigencia se aplica en especial cuando se requiere realizar alguna modificación en los estatutos.

Pero, ¿qué son exactamente estos registros?

Registro de Accionistas

El Registro de Accionistas es un documento que contiene información detallada sobre todos los accionistas actuales de la sociedad, como sus nombres completos, RUT, domicilios particulares, cantidad de acciones pagadas y no pagadas que poseen, entre otros datos.

Este documento debe ser creado por todos o algunos de los administradores y/o gerentes de la empresa que tengan las facultades necesarias, y debe ser firmado con Clave Única.

Hay dos tipos de registros de accionistas:

  • Registro de apertura: Este registro debe ser creado al momento de la creación de la empresa. Aunque no hay un plazo máximo para realizarlo, es obligatorio generar este registro en caso de que sea necesario realizar alguna modificación en la escritura en el futuro.
  • Registro de modificación: Este registro debe ser creado cuando se realice alguna modificación en la escritura y se hayan producido cambios en los socios o en el número de acciones.
Podrás encontrar un completo articulo en el que hablamos más al respecto, e inclusive podrás acceder a un video tutorial de ello dónde se te indica el paso a paso de cómo obtener este documento, en: Registro de Accionista, todo lo que debes saber.

Registro de Poderes

Por otro lado, el Registro de Poderes es un documento que debe ser creado en todas las SpA o SA Cerradas que no tengan claramente designada su administración en los Estatutos Sociales (Escritura). Este documento se genera a través de la página de empresa en 1 día y debe ser firmado ante notario.

El Registro de Poderes permite establecer quiénes son los administradores y/o gerentes y/o representantes, así como sus poderes y/o facultades. Así que si en tu escritura sí dejaste indicada esa información, no deberás hacer este documento.

Recuerda que estos dos registros (de accionistas y poderes) se deben realizar sólo para las SpA o SA Cerradas constituidas por medio de Empresa en 1 Día. Por lo que si tu sociedad fue creada por Escritura Pública, lo mencionado anteriormente no aplica. Si deseas saber más al respecto, no dudes en consultarnos a través de nuestro Formulario de Contacto. En DeNegocios.cl siempre estamos disponibles para asesorarte en todo lo que necesites.

Sueldo Empresarial en una Sociedad por Acciones

Si eres parte de una SpA, debes saber que cuentas con un beneficio legal tributario conocido como Sueldo Empresarial o Sueldo Patronal, que te permite recibir una remuneración por parte de la sociedad. Sin embargo, para poder hacer uso de este beneficio, se debe cumplir con la exigencia de que el accionista debe desempeñar labores de manera permanente dentro de la empresa, aunque no es necesario que trabaje a jornada completa.

También, es importante tener en cuenta que al recibir este sueldo, se deben retener, declarar y pagar impuestos, tal como se haría con cualquier otro trabajador.

Te presentamos otros elementos importantes que debes tener en cuenta si decides optar por el Sueldo Empresarial:

  • No es obligatorio celebrar un contrato de trabajo.
  • Cualquier accionista de la empresa puede recibir esta remuneración, pero es necesario cumplir con la exigencia principal de trabajar efectivamente dentro de la empresa.
  • No existe un tope máximo legal de asignación para el Sueldo Empresarial, pero se exige que el monto sea proporcional a las labores que realiza el socio y a la realidad económica de la empresa.
  • El pago de esta remuneración es aceptado como gasto por parte del Servicio de Impuestos Internos (SII).
  • Se debe declarar en el Libro de Remuneraciones Electrónico implementado por la Dirección del Trabajo.

Tipo de Contabilidad

Las Sociedades por Acciones desde Febrero del 2016 están en igualdad de condiciones que las EIRL o SRL. Esto quiere decir que pueden tener exactamente el mismo tipo de contabilidad, aunque muchas veces aún nos siguen llegando clientes que nos indican que “El contador les dijo …”. Pero hoy en día lo que manda una contabilidad es el Regimen Tributario, y estas son las mismas para los tres tipos de empresas, por lo que no habrá diferencia en el punto de vista contable.

¿Qué tipo de Contabilidad puede tener mi SpA?

Como se mencionó, las SpA al estar en igualdad de condiciones que el resto de empresas, los socios tienen la posibilidad de elegir el tipo de régimen tributario que más se adapte a las necesidades de la empresa. Y a su vez, estos regímenes tributarios están vinculados a los diferentes tipos de contabilidad que una SpA puede tener.

A continuación, explicaremos los cuatro regímenes tributarios disponibles para una SpA y sus respectivos tipos de contabilidad:

  • Régimen Pro Pyme General: Es un régimen tributario diseñado especialmente para micros, pequeñas y medianas empresas (Pymes), que tienen ingresos brutos anuales inferiores a 75.000 UF. En este régimen, la contabilidad puede ser simplificada o completa, según la elección de la empresa.

La contabilidad simplificada se puede llevar directamente en el Registro de Compras y Ventas, y no es necesario llevar un Libro Diario. Por otro lado, la contabilidad completa requiere la elaboración del Libro Diario, Libro Mayor, Libro de Inventarios y Balances y otros libros auxiliares.

  • Régimen Pro Pyme Transparente: Este régimen está dirigido a micro, pequeñas y medianas empresas (Pymes), cuyos propietarios son contribuyentes de impuestos finales (Impuesto Global Complementario –Impuesto Adicional). En este régimen, para efectos tributarios queda liberada de llevar contabilidad completa. Y para el control de sus ingresos y egresos deben utilizar  el Registro de Compras y Ventas, salvo quienes no se encuentren obligados a llevar ese registro que llevan un registro de ingreso y egreso.
  • Régimen General (Semi Integrado): Es un régimen tributario para empresas que superan los ingresos brutos anuales de 75.000 UF. En este régimen, la contabilidad debe ser completa y debe llevarse de acuerdo a las normas contables y tributarias vigentes.
  • Renta Presunta: Este régimen tributario está diseñado para empresas que se dedican a actividades como agricultura, pesca, transporte o minería. La contabilidad es simplificada y se basa en una estimación de los ingresos y gastos de la empresa, según los parámetros establecidos por el Servicio de Impuestos Internos.

Por último, es importante mencionar que independientemente del régimen tributario que se elija, es necesario llevar una correcta contabilidad para el adecuado funcionamiento de la empresa, y para cumplir con las obligaciones tributarias. Si tienes dudas sobre qué tipo de contabilidad es la más adecuada para tu SpA, nosotros te podemos ayudar por medio de nuestro Servicio de Contabilidad

El Domicilio de una SpA

Las Sociedades por Acciones al igual que cualquier otra empresa debe tener un domicilio. Sí, aunque tu negocio sea 100% en línea o en terreno, el Servicio de Impuestos Internos (SII) te solicitará una dirección. Y lo importante de ésta es que sea acreditable, es decir, que le puedas demostrar al SII a través de algún documento que puedes usar esa dirección para la empresa.

¿Cuáles son las opciones para realizar la acreditación de domicilio?

  • Contrato de Arriendo firmado ante notario a nombre de la Empresa.
  • Autorización de uso notarial de la Propiedad, a nombre de la Empresa.
  • Contrato de Arriendo firmado ante notario a nombre de 1 de los socios de la Empresa. El contrato de arriendo NO debe decir “Uso habitacional”.
  • Autorización de uso notarial de la Propiedad, a nombre de 1 de los socios de la Empresa. Este documento no debe decir “Uso habitacional”.
  • Que uno de los socios sea Dueño de una Propiedad o que la misma Sociedad sea Dueña de una Propiedad. En este caso el SII solicitará el Certificado de Avalúo Fiscal que esté a nombre de esa persona, o de la empresa directamente.
  • Dirección Tributaria u Oficina Virtual: Dirigido para todas aquellas empresas que no cuentan con una dirección propia para acreditar, y que no necesitan de una dirección física para llevar a cabo sus actividades. 

Actualmente el SII no está realizando fiscalizaciones presenciales en los domicilios de manera inicial, pero sigue siendo muy importante poder acreditar correctamente la dirección cuando se solicita. Ya que de lo contrario, la acreditación podría quedar Negativa y tendrás inconvenientes para facturar o emitir otros documentos tributarios. De ahí la gracia de una Oficina Virtual o un Servicio de Dirección Tributaria como el que te podemos ofrecer en DeNegocios.cl por $11.900 mensuales, ya que contarás con una dirección y la podrás acreditar correctamente.

La Patente Municipal

La Patente Municipal es un tema importante que no se puede pasar por alto al momento de conformar una empresa. A pesar de que algunas personas creen que no es necesaria, la verdad es que sí es obligatoria. Es común que algunas empresas funcionen durante años sin tenerla, lo cual es un error, ya que la municipalidad exige que todas las empresas cuenten con ella.

Esta se debe gestionar con la municipalidad correspondiente a la dirección de la empresa y es un impuesto que se cobra por funcionar en su “territorio”. Aunque tu empresa sea virtual, en algún momento tendrá que tener Patente.

¿Hay establecimientos que estén libres de pagar patente?

Sí, todos aquellos que no tienen fines de lucro, como bomberos, ciertos colegios, etc. Todo el resto, debe contar con su patente al día.

¿Cuánto vale una Patente Municipal?

El valor de la Patente Municipal varía dependiendo del capital declarado ante el SII y de cada municipalidad. Por ejemplo, si el capital declarado de tu empresa SpA es de $1.000.000, la patente podría costar aproximadamente $30.000 semestrales. En cambio, si el capital es por un monto de $10.000.000, la patente podría costar aproximadamente $90.000 semestrales. Es importante tener en cuenta que estos valores son referenciales.

¿Cada cuánto tiempo se debe pagar la patente? 

La patente se debe pagar cada seis meses, es decir, es semestral.

El plazo para pagar el primer semestre es hasta el 31 de enero de cada año, y el segundo semestre es hasta el 31 de julio. 

¿Afecta negativamente en temas del SII no tener Patente?

No contar con Patente Municipal no afecta directamente en temas del SII, por lo que podrás seguir emitiendo facturas y/o boletas y quedar con la empresa 100% operativa a nivel tributario. Sin embargo, es importante tener en cuenta que estar al día con la Patente Municipal es una obligación legal y fiscal que no se debe descuidar.

EIRL o SpA: Cuando es 1 solo el dueño

Si estás en proceso de crear una empresa, y estás considerando entre crear una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL) o una Sociedad Por Acciones (SpA), debes tener en cuenta que hay algunas diferencias importantes que debes considerar para tomar la mejor decisión.

Conceptualmente la EIRL está pensada para ser una empresa pequeña con un solo dueño, que tiene todos los poderes y firma los cheques. En cambio, la SpA es una empresa más flexible que puede partir siendo tan pequeña como una EIRL y crecer hasta convertirse en una empresa grande con varias sucursales en todo el país.

  • El nombre de la empresa:

Una de las diferencias más importantes a considerar es el nombre de la empresa. En una EIRL, la razón social debe hacer referencia al nombre con los apellidos del dueño y a la actividad de la empresa. En cambio, una SpA tiene más libertad para elegir un nombre atractivo y llamativo, lo que puede ser una ventaja competitiva.

  • La Actividad:

Otra diferencia es que una EIRL tiene algo que se llama “Objeto Único”, es decir, solo puede realizar una actividad. En cambio, una SpA tiene algo que se llama “Objeto Múltiple”, por lo que puede desarrollar varias actividades a la vez e incluso bien distintas entre sí.

Para algunos rubros o giros, la EIRL sigue siendo una opción bastante considerada. Por ejemplo, en la Construcción es común ver EIRL, o en las empresas de tipo MEF (Microempresa Familiar). En los demás rubros, la SpA es una excelente opción.

  • Dueños:

En cuanto a los dueños, tanto EIRL como SpA pueden ser constituidas con un solo dueño, pero la SpA permite agregar socios en cualquier momento, mientras que la EIRL nace y muere siendo el dueño único.

SRL/Ltda o SpA: Cuando son 2 o más los dueños

Entre una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) y una SpA, muchas diferencias tampoco existen. Esta comparativa tiene razón, cuando en la empresa a crear hay 2 o más socios.

Una SRL debe tener como máximo 50 socios en la empresa. Por lo que si tu empresa tendrá más socios, te recomendamos la SpA ya que puede tener hasta 499.

¿Cuándo recomendamos una SRL?

Recomendamos la SRL por sobre la SpA, cuando la empresa será de carácter familiar. Es decir, si todos los socios que la componen son familiares.

¿Por qué?

Porque una de las características de la SpA es que se le da una gran importancia al aporte monetario que puede hacer cada uno de los socios, y es esa la razón del porqué tiene tanta flexibilidad en lo correspondiente a la entrada y salida de accionistas. En cambio en las empresas de tipo SRL, lo que importa son las personas y el vínculo que tienen entre ellas, así que es más probable que no tengan considerado separarse en algún momento.

La SRL es una figura legal robusta y que existe desde hace bastante tiempo, así que es conocida por todos.

¿Puedo Crear yo mismo una SpA?

Si estás considerando crear una SpA por tu propia cuenta, perfecto, lo puedes hacer siempre y cuando sea a través de Empresa en 1 día. Si quieres hacerlo a través de la vía por Escritura Pública o Tradicional, necesitarás si o si de un Abogado.

Lo anterior, es porque la plataforma de Empresa en 1 día fue diseñada con la idea de que cualquiera pudiese crear su empresa, pero hay muchos temas legales y cláusulas que se deben conocer previamente, así que es común que se cometan errores a nivel de escritura. Por lo tanto, lo más recomendable es que te puedas asesorar con alguien que sea entendido en el tema.

Si es que a pesar de leer lo anterior decides de todas maneras hacer el estatuto por ti mismo con empresa en 1 día, probablemente terminarás con una empresa con Rut y hasta con inicio de actividades ante el SII, pero debes considerar que si entre tus planes está el de tener una cuenta en el banco a nombre de la empresa, la institución te pondrá peros si es que el documento está mal redactado. De igual forma, si el día de mañana llegases a tener algún problema legal, estos errores en el documento, podrían jugar muy en contra.

Así que respondiendo a la pregunta inicial, SI, puedes hacer tú mismo la empresa, pero ten ojo a los detalles.

Nuestro Servicio

En DeNegocios.cl somos especialistas en la creación de empresas y ofrecemos una amplia gama de servicios que se adaptan a tus necesidades.

Si deseas conocer los detalles de nuestros servicios, te invitamos a visitar nuestra página para poder crear una SpA.

En nuestra plataforma, encontrarás distintas opciones que se ajustan a tu presupuesto y requerimientos, desde nuestro Plan más económico que parte desde $46.000, hasta nuestro Plan más “Completo” que tiene un valor de $242.000. Además, podemos dejar tu empresa emitiendo facturas y/o boletas electrónicas.

El proceso de creación de tu Empresa con nosotros se demoraría 3 días, y seguiría la siguiente estructura:

¿Cuándo un Servicio como el Nuestro es Interesante?

  1. Cuando Requieres un Trabajo Rápido. En tan solo 3 días podríamos dejar tu empresa operativa y emitir facturas. 
  2. Cuando no tienes tanto tiempo para completar los trámites… ya que SI gastarás tiempo en dejar tu empresa Facturando y completando todo el proceso.
  3. Cuando requieres que profesionales dedicados al tema legal/contable se encarguen de la creación de tu empresa y que todo quede bien hecho.
  4. Cuándo quieres recibir Asesoría en la creación de tu Empresa y en otros temas, que te expliquen todo y que quedes listo para funcionar.

Si tienes cualquier consulta o dudas al respecto, no dudes en contactarnos a través de nuestro formulario de contacto o escribiéndonos directamente a través de WhatsApp. Estaremos encantados de conversar contigo y ayudarte a dar el primer paso en la creación de tu empresa.

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