¿Y nuestra exención de IVA? Experiencia de una Empresa

¿Y nuestra exención de IVA? Experiencia de una Empresa.

En Chile 🇨🇱, el IVA ha sido siempre una herramienta clave en la recaudación fiscal, pero también una fuente de complejidad para pequeñas empresas y emprendedores. En enero de 2023, se produjo una significativa reforma que dejó a más de uno con la cabeza hecha un lío. Estando ya a mediados de año, y ya habiendo entrado en rigor la ley hace más de 8 meses, hay clientes que al momento de crear su empresa aún no están al tanto de todos estos cambios. Aquí te explicamos todo de forma clara y sin rodeos, esperando informar a los que aún desconocen al respecto e intentando contar nuestra experiencia como una referencia al real impacto de la ley.

En la página web del Servicio de Impuestos Internos SII aún es posible encontrar esta noticia del 21 de Diciembre del 2022:

Noticia en web del SII sobre IVA

En ella nos dieron a recordar algo que ya se había hecho presente, pero que por alguna razón a muchos nos tomó por desprevenidos: Muchos giros dejarían de ser afectos a iva. 

Lo Que Pasó con el IVA: Un Cambio Notorio

Desde el 1 de enero de 2023, con la entrada en vigencia de la Ley 21.420, todos los servicios en Chile quedaron afectos al IVA. Si antes no pagabas IVA por ciertos servicios, a partir de esa fecha tuviste que agregar un 19% al valor del servicio. Fue un cambio no menor y generó muchas dudas.

Esta medida causó harta inquietud entre quienes debían pagar el impuesto, tanto que se llegó a pedir al gobierno un aplazamiento de esta ley. Pero las autoridades, incluyendo al Ministerio de Hacienda, fueron claras en que no habría prórroga. El Servicio de Impuestos Internos (SII) fue enfático al señalar que, desde la fecha mencionada, todos debían cumplir con la nueva normativa.

Lo bueno es que hubo algunas excepciones, como los que emitían boletas de honorarios, o servicios específicos en áreas como la salud ambulatoria y transporte de pasajeros. Los que ofrecían servicios profesionales y médicos ambulatorios, y algunos otros, como el transporte de pasajeros y la educación, no tuvieron que preocuparse de este aumento. Pero la gran mayoría de los comercios y servicios debieron cumplir con la obligación de sumar ese 19% a su tarifa, o sacarlo del monto original para estar al día con las leyes tributarias en nuestro país.

Este cambio fue grande, y puede que te hayas sentido un poco perdido. Pero en DeNegocios.cl estuvimos y seguimos estando para ayudarte a entenderlo y a cumplir con todo lo que necesitas. Si tienes alguna duda, no dudes en acercarte a nosotros. La idea es que sigas con tu emprendimiento o tu pega sin preocuparte de más, y siempre al precio justo.

¿Quienes pagan IVA entonces?

Es más fácil decir los que no lo pagan. Parece chiste lo anterior, no? Bueno, antes habían varios giros/actividades que no pagan iva en nuestro país y daba para hacer un listado. Ahora es al revés, si NO estás entre los siguientes casos, si te corresponde pagarlo:

  • Primero que todo, si emites boletas de honorarios, puedes estar tranquilo. Tú no debiste hacer ningún cambio en tu operación. La exención de IVA siguió igual que siempre. Si quieres saber más de las boletas de honorario te dejo este articulo titulado “Boletas de honorarios: Cómo gestionarlos en tu Empresa“.
  • Si te dedicas al arriendo de inmuebles no amoblados, tampoco tienes que preocuparte de este impuesto. Igual que los que trabajan en el transporte de pasajeros, ya sea urbano, interurbano, interprovincial o rural, siguieron con la misma tónica y no tuvieron que pagar el IVA.
  • La educación también quedó fuera de este cambio. Si trabajas en colegios, jardines infantiles, universidades o en cualquier otro centro educativo, la entrada en vigencia de esta ley no te afectó.
  • Los servicios ambulatorios de salud también siguieron sin pagar IVA. Las consultas médicas, odontológicas, de psicólogos, psiquiatras, kinesiólogos, e imagenología, entre otros, siguieron en la misma línea y no tuvieron que pagar el impuesto.
  • Las sociedades de profesionales y algunos otros servicios también quedaron exentos, como las entradas a espectáculos, siempre y cuando tengan la autorización del Ministerio de Culturas, las Artes y el Patrimonio. Hablamos más de las Sociedades de Profesionales, un tipo de Sociedad de Responsabilidad Limitada que puedes crear, en el punto siguiente.

Sociedades de Profesionales y exención al IVA

Las sociedades de profesionales en Chile tienen la posibilidad de acceder a una exención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) si cumplen con ciertos requisitos establecidos por el Servicio de Impuestos Internos (SII). Se volvieron bien populares y un servicio bien mencionado al momento de querer crear una empresa, y es entendible… es más barato para el cliente no pagar ese 19% adicional al momento de contratarlas. Aquí, te explicaremos en detalle los aspectos que debes considerar si deseas que tu sociedad profesional pueda gozar de este beneficio fiscal. Así que ojo 👀:

Requisitos para la exención del IVA

  1. Composición de la sociedad

– Socios Profesionales: Todos los miembros de la sociedad deben ser personas naturales con títulos profesionales o bien otras sociedades de profesionales. No se permite que haya socios que aporten únicamente capital 💸. Además, deben ser profesiones idénticas, similares, afines o complementarias… Si vas a realizar una sociedad médica, un médico general y un kinesiólogo, por ejemplo.

– Sin actividades comerciales: La sociedad debe enfocarse exclusivamente en la prestación de servicios o asesorías profesionales. Es decir, no debe realizar actividades comerciales… como vender productos.

  1. Prestación de Servicios

– Ejecución por socios: Los servicios deben ser prestados directamente por los socios, aunque pueden contar con la colaboración de dependientes en la prestación del servicio (empleados contratados).

– Titulación requerida: Todos los miembros deben poseer un título profesional o no profesional que los habilite para ejercer su oficio. Estos deben ser acreditados ante el SII, así que hay que mostrarlos.

  1. Registro ante el SII

– Inscripción obligatoria: La sociedad debe estar registrada como sociedad de profesionales ante el SII. Aquellas sociedades que no estén registradas pueden hacerlo hasta el 30 de junio de 2023, quedando exentas del pago del IVA a partir del 1 de enero de 2023… este proceso es algo que se hace frente al SII tras realizar el inicio de actividades… si estás creando tu empresa, este será un paso adicional.

– Procedimiento en línea: Este proceso de registro puede realizarse de manera sencilla en el sitio web del SII, y también existe un procedimiento simplificado disponible desde el 1 de enero en la web del SII www.sii.cl.

Casos especiales

– Empresas individuales (EIRL) y sociedades de capital (SpA): Si pertenecen al Registro de Empresas del Ministerio de Economía y desean acceder a esta exención, primero deben organizarse como sociedad de personas SRL y luego registrarse como sociedad de profesionales ante el SII. Entre proceso se llama “Transformación de Sociedad”, e involucra gestiones. Si estás interesado en el proceso de transformación, podemos ayudarte con nuestro Servicio de Modificación de Empresas.

Impacto en los Emprendedores y Pequeñas Empresas, una experiencia personal…

En DeNegocios.cl hemos experimentado un período de adaptación y cambio significativo tras la aplicación de la ley del IVA a los servicios en Chile. Al ser una empresa que estaba exenta de este impuesto, enfrentamos varios desafíos y decisiones importantes para mantener la calidad de nuestros servicios orientados a emprendedores y dueños de pequeñas empresas. Aquí te comentamos algunos puntos que creo que son necesarios de mencionar:

  1. Ajuste de precios: Al comenzar a asumir este impuesto del 19%, nos vimos obligados a subir el precio de la mayoría de nuestros servicios. Esto fue un proceso complejo y meditado, ya que no queríamos afectar la confianza y lealtad de nuestros clientes 💖.
  2. Miedo e incertidumbre: Había una preocupación genuina sobre cómo nuestros clientes reaccionarían a estos cambios. Nos preguntábamos si entenderían la necesidad de estos incrementos y si seguirían confiando en nuestros servicios… no es fácil decirle a alguien “Hey! subieron los precios” y esperar que nada cambie.
  3. Incremento paulatino en dos etapas: Para minimizar el impacto, decidimos implementar los aumentos en dos etapas. Primero, subimos los precios un 10% y medimos los resultados. Posteriormente, incrementamos un 5% adicional para cumplir con un 15% total. De nuestro bolsillo, tuvimos que aportar el 4% restante para completar el impuesto del 19%. Este enfoque gradual nos permitió observar y ajustar nuestra estrategia de acuerdo con la respuesta de nuestros clientes.
  4. Excepciones en contabilidad: En un acto de compromiso con nuestros clientes, decidimos mantener el valor de los servicios de contabilidad al nivel del año 2022 y asumir por nuestra cuenta el 100% del impuesto. Esta decisión reflejó nuestra dedicación a ofrecer un servicio de calidad sin comprometer la accesibilidad.

Nuestra experiencia no ha sido única en este aspecto. Muchas empresas en Chile enfrentaron una situación similar, buscando un equilibrio entre subir precios y asumir ellas mismas el impuesto. La exención al IVA no fue algo sencillo. Lo que hemos aprendido es que con una planificación cuidadosa y una comunicación clara con nuestros clientes, podemos navegar estos cambios manteniendo la confianza y el compromiso. En última instancia, nuestra prioridad sigue siendo ofrecer servicios de alta calidad a un precio justo, facilitando el emprendimiento en nuestro querido país.

Asesor Senior con 9 años de experiencia ayudando a Emprendedores en Chile. 

Actualmente escribo código para diferentes proyectos de desarrollo web y aplicaciones.